1 julio, 2025
El Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense ha declarado la «ilicitud y consiguiente nulidad» de los audios grabados sin conocimiento del alcalde de la ciudad, Gonzalo Pérez Jácome, que habían dado origen a una investigación judicial por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias y prevaricación.
Según recoge el auto judicial, difundido este martes y contra el que aún cabe recurso, la jueza acuerda anular tanto las grabaciones que originaron la causa como todas las diligencias de investigación que se practicaron posteriormente. Asimismo, rechaza autorizar la cesión de información solicitada por la unidad de delitos tecnológicos de la Policía Nacional, lo que supone un revés para la instrucción del caso impulsado tras la denuncia presentada por los principales partidos de la oposición.
La decisión judicial ha sido celebrada por el regidor municipal, quien ha publicado un comunicado en sus redes sociales asegurando que esta resolución demuestra que la campaña electoral de mayo de 2023 “fue la más sucia que hubo nunca en nuestra democracia”. Jácome considera que el archivo judicial “pone de relieve que el intento para derrocar electoralmente al ganador se sustentó en artimañas fraudulentas”.
Desde un primer momento, el alcalde denunció lo que calificó como un “acto de espionaje inaceptable”, señalando que las grabaciones eran “completamente ilegales y carentes de valor probatorio, sin ninguna garantía de autenticidad o integridad”. En este sentido, acusó a sus adversarios de recurrir a “técnicas mafiosas para alterar un proceso electoral mediante la difamación de un candidato”.
Tras conocer el auto judicial, Jácome ha reforzado su discurso en defensa de la legalidad y la legitimidad de su mandato. Asegura que las escuchas constituyen “un ataque directo a la democracia” y confía en que el caso se archive definitivamente “por no haber base real alguna en las acusaciones, además de ser ilegales dichas grabaciones”. Incluso ha llegado a calificar el contenido de los audios como “burdos montajes”.
Con esta decisión, el procedimiento judicial queda seriamente comprometido, al desaparecer la principal prueba que motivó la apertura de la causa.
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