26 julio, 2021
El 1 de julio entraron en vigor las nuevas normas del IVA que nos afectarán a todos, ya que modifican la normativa aplicable a las ventas online. Estos cambios eran prioritarios para la Comisión Europea en el proceso de armonización fiscal de la UE. El auge experimentado en los últimos años del comercio online, especialmente durante la pandemia del Covid-19, evidenciaba que el régimen normativo anterior estaba obsoleto.
¿Qué grupos se verán especialmente afectados por estos cambios?
Las modificaciones afectarán en particular a vendedores y plataformas en línea que se encuentren dentro de la UE y también en terceros países, a empresas de mensajería y correos, a las autoridades aduaneras y fiscales de los Estados miembros. Además, estas normas también introducen mayor transparencia para los consumidores de la Unión Europea en lo que respecta a los precios y libre elección.
¿Qué objetivo tiene la nueva legislación?
El nuevo régimen normativo, aplicable a las ventas de bienes a clientes domiciliados en estados distintos del de origen de los bienes o a la venta de bienes importados, tiene un triple objetivo: luchar contra el fraude fiscal, garantizar unas condiciones de competencia equitativas para las empresas de la Unión Europea y de fuera de la Unión y simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales para los negocios.
¿Qué supondrán estos cambios para los negocios con ventas fuera del territorio nacional?
Una de las principales novedades es que se cambia el sistema para reforzar la tributación en destino, lo que supone aplicar el IVA del Estado receptor de la mercancía.
Desde el 1 de julio se han eliminado los umbrales determinados por Estado y se establece un umbral único y común de 10.000 euros de ventas intracomunitarias. Por encima de éste los vendedores deben repercutir el IVA del Estado miembro de destino, es decir, donde se entregan los bienes.
De tal manera que, si una empresa localizada en España vende a particulares de uno o varios países de la UE por un importe superior a 10.000 euros anuales, estará obligada a pagar el IVA en el Estado miembro de cada uno de sus compradores. Esto exigirá a las empresas conocer y aplicar diferentes tipos de IVA según el Estado en el que vendan sus productos, de tal manera que tendrán que adaptar sus tiendas online para aplicar el IVA correcto según el país en el que se encuentre el cliente.
¿Esto no supone un engorro enorme para las empresas?
Para facilitar la declaración e ingreso de IVA en cada uno de los Estados en los que realicen ventas se ha creado un portal electrónico denominado “ventanilla única”, One Stop Shop (OSS), en el que pueden dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de IVA para todas sus ventas en la UE.
Una vez registrado, el vendedor puede declarar y abonar el IVA correspondiente a todas sus ventas en la UE mediante declaración trimestral presentada a través de la ventanilla única. Será la Administración del Estado donde se registre la que se encargue de transferir el impuesto recaudado a cada una de las Administraciones de la UE por las ventas realizadas en cada territorio, evitando el alta a efectos fiscales y las declaraciones de IVA en otros países.
Este régimen de ventanilla única es opcional, pero tiene más ventajas para las empresas que el método tradicional de gestión. ya que puede suponer un ahorro más que considerable en tiempo y costes de organización. De todas formas, recomendamos a las empresas que se pongan en contacto con sus abogados o asesores para conocer el efecto de estos cambios en su operativa.
¿Cuáles son los cambios o novedades más importantes para los consumidores online?
En lo que respecta a los consumidores el cambio que puede resultar más significativo es el fin de la exención del IVA para bienes importados cuyo valor no supere los 22 euros. Desde el 1 de julio, se suprime esta exención y todos los productos que procedan de fuera de la Unión Europea sin tener en cuenta su precio estarán sujetos a IVA, tal como sucede en los bienes vendidos directamente dentro de la Unión Europea.
Esta medida tiene como objetivo que los negocios comunitarios compitan en igualdad de condiciones con los de países ajenos a la Unión. El sistema anterior era una fuente de evasión fiscal ya que muchas tiendas extranjeras “sin escrúpulos” declaraban un valor de la mercancía inferior a 22 euros de forma fraudulenta, esto hacía que la venta de teléfonos móviles (por ejemplo) quedase exenta de IVA.
Es muy importante que a partir de ahora los consumidores online comprueben si el precio final incluye IVA o no. En caso de que el producto figure sin IVA, el consumidor tendrá que pagarlo cuando llegue a la aduana. En estos casos, la empresa de mensajería podrá encargarse de realizar la gestión de recaudar el IVA e ingresarlo en Hacienda, cobrando una comisión. Es posible que lo que suponía un “chollo” ya no salga tan a cuenta, porque además de pagar el IVA habrá que abonar una comisión a la empresa de mensajería.
¿En qué lugar deja esta normativa a marketplaces como Amazon o Aliexpress?
Efectivamente se involucra a las interfaces digitales o marketplaces en la recaudación del IVA. Serán considerados como sujetos pasivos en dos supuestos muy específicos, teniendo la obligación de repercutir e ingresar el IVA en las administraciones tributarias del país correspondiente.
Desde el 1 de julio estas plataformas tendrán la consideración de sujeto pasivo cuando faciliten ventas a distancia de bienes importados a la UE, con un valor inferior a 150 euros, o facilite el suministro de bienes a consumidores finales, independientemente de su valor, cuando el proveedor no está establecido en ningún Estado miembro.
La nueva norma crea, para estos casos, una ficción en base a la cual se entiende que hay dos entregas sucesivas, la primera entrega realizada por el proveedor al marketplace, que está exenta de IVA, y una segunda entrega realizada por la Marketplace al cliente que estará sujeta a IVA.
¿Este régimen es realmente “mejor” para consumidores y empresas de dentro de la Unión Europea?
Establecer un sistema europeo de IVA armonizado, más simplificado y que reduzca el fraude tributario ha sido desde hace mucho tiempo uno de los principales objetivos de la Comisión Europea, y la necesidad de implementarlo se ha visto acrecentada en los últimos meses tras el boom de las ventas online. Estamos convencidos de que este nuevo sistema de tributación del IVA ayudará a las empresas europeas a aprovechar todas las ventajas del mercado único y a competir en los mercados mundiales.
Sin embargo, aunque la reforma ofrece numerosas ventajas para vendedores y consumidores, al mismo tiempo, resulta compleja y está generando un gran número de cuestiones controvertidas que están precisando un estudio detallado en función de las circunstancias concretas de cada caso.
Por este motivo, recomendamos a todas las empresas y profesionales que realicen ventas online que acudan a sus abogados o asesores fiscales para que le informen del impacto de la reforma en su negocio y el aprovechamiento de las ventajas que ofrece el nuevo régimen normativo.
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