22 agosto, 2021
Las organizaciones sindicales representativas de la Policía Nacional (SUP, SPP, CEP y UFP) Sindicato Unificado de Policía, Sindicato Profesional de Policía, Confederación Española de Policía y Unión Federal de Policía, acuerdan la presentación y tramitación de una queja dirigida al Consejo General del Poder Judicial al que instan a tomar medidas contra el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de A Coruña, al que acusan de una presunta infracción del régimen disciplinario de los jueces y de acoso laboral contra funcionarios del 091 desde hace varios años.
Dentro del ámbito de la Justicia, además de lo contenido en la L.O. del Poder Judicial sobre el régimen disciplinario, existe una regulación de quejas y denuncias (Reglamento 1/1998, de 2 de diciembre, de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de Juzgados y Tribunales, y la Instrucción 1/ 1999, que contiene el Protoolo de servicio, los formularios de tramitación de quejas y reclamaciones y previa información al ciudadano)
Además de las posibles faltas se contemplan las de: “Dirigir a los poderes, autoridades, funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición” (falta grave o falta leve). “El exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instrucciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial (falta grave o leve) y más específicamente la de la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes extravagantes o manifiestamente ofensivas e irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico” (falta grave o leve).
El trato que se observa por parte del Juzgado de Instrucción nº 4 de A Coruña no era desconocido ya que había sido tratado en reuniones de la Comisión Provincial de Policía Judicial sin resultado aparente.
Por su parte, El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contactó con el magistrado contra el que se dirige el escrito. Según fuentes de esa institución, explicó que no tiene constancia de queja alguna, por lo que no tiene nada que decir sobre ella. Sin embargo, subrayó su «máximo respeto al buen hacer policial» y señaló que como profesional «solo trata en cada actuación de cumplir su función como garante de los derechos fundamentales, sin tener noticia alguna de incidencias».
Pruebas
Como pruebas, que pueden aportarse en caso de ser requeridas se dispone de varios ejemplos pormenorizados, así como con copias atestados, oficios, informes y minutas tramitadas en los años del 2010 al 2020.
Es por ello que, debido a que este tipo de actuaciones llevadas a cabo por el Juzgado de Instrucción 4 de La Coruña no se han solucionado hasta la fecha, teniendo en cuenta que incide en el trabajo de gran parte del personal de la Comisaria de Policía Nacional de A Coruña de las Escalas Ejecutiva, Subinspección y Básica y que los hechos podrían ser constitutivos, bien de una posible infracción de las reguladas en el régimen disciplinario de jueces y fiscales, y o de lo contemplado en la normativa sobre acoso laboral en la Administración por parte de los sindicatos SUP SPP, CEP y UFP se pone en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial estos hechos para que tome las medidas disciplinarias que correspondan con el fin de que cesen estos comportamientos contra los integrantes del Cuerpo Nacional de Policía.
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