
VIGO, 191022. CIDADE XUSTIZA VIGO.
16 octubre, 2025
Los hechos habrían tenido lugar en el domicilio donde vivían con los abuelos paternos, en septiembre de 2022, ya que la madre de tres hijos trabajaba en varios sitios y uno de ellos era por la noche lo cual la hacia ausentarse de la vivienda, dejándolos con los abuelos.
El abuelo fue sorprendido por la abuela (su esposa) cuando, supuestamente le estaba realizando los tocamientos a la nieta de 8 años y aviso a su nuera, que viniera que algo había ocurrido sin detallar el suceso, hermanos de la menor alertaron a su madre, quien confirmó los hechos al preguntar a su hija.
El acusado solo contesto en el juicio a preguntas de su defensa, negó haber sometido a la menor y nieta a tocamientos sexuales, pero la Fiscalía calificó de “contundente” el relato de la menor pese a su corta edad. El abuelo dio explicación a los restos hallados en la ropa interior de la nieta, alegando que ese día el se masturbo en el salón y había dejado fluidos suyos en el sofá donde luego se sentó la menor, algo que no había contado hasta ahora, por vergüenza.
Sin embargo, la niña declaró en instrucción que todo eso había ocurrido. Según su relato, que fue reproducido en la vista de este miércoles, su abuelo le había tocado los genitales («por donde se hace pis») en varias ocasiones ese verano, le había introducido los dedos y le había hecho «daño», y que la «beso en la boca». Que no se sentía bien con el abuelo porque la hacia sentir incomoda y pasaba vergüenza la misma que le daba contarlo a su madre.
Cuando la madre de la niña denunció los hechos en Comisaría, la menor fue sometida a un examen en el hospital y allí se le recogió la ropa que llevaba puesta y posterior determinó la presencia de semen de su abuelo en sus bragas.
La fiscal concluyó que la prueba practicada en el juicio es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado, destacando el indudable hallazgo de semen en la ropa interior de la menor, lo que resta credibilidad a la explicación repentina por el acusado durante la vista y que no lo dijera antes.
El relato de la menor era contundente, a pesar de su corta edad y tenia que tenerse en cuenta. Se pide para el marinero A.M.C.E. una condena de 11 años y 3 meses de cárcel, además de la pena de libertad vigilada durante ocho años, y la inhabilitación para cualquier profesión u oficio, retribuido o no, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, durante 20 años. Y solicita que se le prohíba comunicarse o acercarse a la niña por un tiempo de 20 años, la deberá indemnizar con 10.000 euros por los daños morales.
Por su parte, la defensa criticó la “acusación desproporcionada”, alegando «que no existen ni una sola prueba» de los hechos y solicitó la absolución del acusado.
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